PRORROGA DE TRES MESES A LA TARIFA PLANA DE 100 EUROS PARA CONTRATOS INDEFINIDOS

El pasado viernes, el Gobierno ha prorrogado la tarifa plana de 100€ para la cotización a contingencias comunes. Ampliando el plazo del 1 de enero al 31 de marzo de 2015.

Esta medida permite que las empresas o autónomos que realicen contrataciones indefinidas a nuevos trabajadores, coticen a la Seguridad Social por contingencias comunes 100 euros al mes, durante los primeros 24 meses.

Las empresas con menos de 10 trabajadores (antes de celebrar el contrato), además podrán beneficiarse, de una reducción 50% de la cuota por dichas contingencias durante 12 meses más.

CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE TARIFA PLANA

1.- Las empresas que quieran beneficiarse de esta reducción deben cumplir estos requisitos:

a. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de seguridad social.

b. No haber extinguido contratos de trabajo por causas objetivas o por despidos disciplinarios que hayan sido unos u otros declarados judicialmente como improcedentes en los seis meses anteriores a la celebración de los contratos que dan derecho a la reducción. Tampoco podrán haberse extinguido contratos de trabajo por despidos colectivos realizados en los seis meses anteriores a la celebración de los contratos que dan derecho a la reducción.

c. Que la celebración de este contrato indefinido supongan un incremento tanto del nivel de empleo indefinido como del nivel de empleo total de la empresa, tomando como referencia el promedio diario de trabajadores que hayan prestado servicios en la empresa en los treinta días anteriores a la celebración del contrato

d. Mantener nivel de empleo total e indefinido alcanzado con dicha contratación, durante 36 meses.

e. No permite aplicarse a relaciones laborales de carácter especial, trabajadores en sistemas especiales, trabajadores empresas grupo, trabajadores que en los 6 meses anteriores hubiesen trabajado en la empresa con contrato indefinido, y contratación de determinados familiares del empresario (sí cuando sea hijo de autónomo, menor de 30 años, o mayor con dificultades de inserción)

2.- Cuantías: La tarifa plana afecta sólo a la cotización por contingencias comunes, que se reducirá a las siguientes cuantías:

– 100€ cuando el contrato se celebre a jornada completa

– 75€ cuando la jornada sea mayor o igual al 75% de la jornada a tiempo completo

– 50€ cuando la jornada sea entre 50% y 75% de la jornada a tiempo completo

3.- Incumplimiento de requisitos:

En caso de incumplimiento del requisito previsto en el apartado 1.c, quedará sin efecto la reducción y se deberá proceder al reintegro de las cantidades ahorradas por la aplicación de dicha reducción, en los siguientes términos:

– A los 12 meses desde la contratación el 100% del ahorro

– A los 24 meses de la contratación el 50%.

– A los 36 meses el 33% de la cantidad ahorrada

No procederá exigir recargo ni interés de demora.

4.- Otros datos a tener en cuenta:

– Se podrá aplicar a conversiones de contratos temporales a indefinidos si ello va aparejado de otra contratación, indefinida o temporal, que suponga creación neta de empleo. – Incompatible con cualquier otro beneficio en la cotización – A la cotización por horas complementarias en contratos a tiempo parcial: no se aplica esta reducción.

 

Comments are closed.